¿A dónde se realizan los trámites, y en qué horario funciona el Registro Civil?
El Registro Civil está ubicado en calle Echeverría 169, y su horario de atención es de 07:00hs a 12:30hs.
¿Para inscribir un recién nacido que debo presentar?
Se deberá presentar:
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Certificado del ginecólogo que realizó el parto.
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Certificado del pediatra que recibió al bebé.
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D.N.I. de los padres (en buen estado y con domicilios actualizados).
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Libreta de Familia (si son casados)
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Sin costo de la inscripción
El certificado del ginecólogo debe acreditar:
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Nombre completo de la madre, con Nº de D.N.I. y domicilio. Día mes, año, hora y lugar en que ocurrió el nacimiento.
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Sexo del recién nacido.
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Nombre completo del médico con su Nº de matrícula profesional, firma y sello.
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Fecha de expedición.
En el certificado del Pediatra constan los siguientes datos:
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Semanas de gestación.
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Estatura.
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Peso.
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Perímetro Cefálico.
¿Qué debo presentar para la inscripción de una defunción?
Para realizar la inscripción de una defunción se deberá presentar:
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Certificado estadístico de defunción, expedido por el médico que asistió a la persona en el momento de fallecer y formulario 24 Bis/ Anexo.
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D.N.I. del fallecido.
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Declaración jurada con datos personales del fallecido, nombres de sus padres y estado civil del mismo, firmada por un familiar (agregándose documentación que acredite dicha información: acta de nacimiento, libreta de familia, acta de matrimonio, acta de defunción del cónyuge en caso de ser viudo/a).
¿Cuáles son los requisitos para contraer matrimonio?
Mayores de 18 años:
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D.N.I en buenas condiciones con domicilios actualizados.
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Partidas de nacimiento expedidas recientemente.
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Timbrado del Banco de Córdoba (sin costo).
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Sellado municipal
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D.N.I de dos testigos mayores de 18 años. DNI de los padres.
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Fotocopias de todos los D.N.I.
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Análisis prenupciales (VDRL) realizados en organismo público. Optativo.
Menores de 18 años, además de los requisitos anteriores:
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D.N.I. de los padres en buenas condiciones y con domicilios actualizados.
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Si alguno de los padres no presta su autorización presentará la venia supletoria.
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Si uno de los padres estuviese fallecido se deberá agregar el acta de defunción que pruebe este hecho.
¿Qué debo hacer si pierdo el DNI?
Cuando el niño o mayor pierde o se deteriora su D.N.I., debe solicitar un nuevo ejemplar, el que será: Ejemplar A, B, C, etc., según corresponda.
Cuando la persona que se acerca a solicitar un nuevo ejemplar y el que posee o tuvo como último documento es una Libreta de Enrolamiento o una Libreta Cívica, lo que se tramita es un NUEVO DNI.